La adquisición de una vivienda plantea la necesidad de que las partes implicadas lleven a buen término, y de común acuerdo, todo el proceso de la compraventa, conforme a lo contemplado en las normas jurídicas que lo regulan.
La redacción del contrato debe responder a los principios de buena fe y equilibrio de los derechos y obligaciones de ambas partes. El contrato debe incluir todas las condiciones generales y especiales estipuladas en la ley.
Los gastos e impuestos relacionados con la compraventa de una vivienda en 2011 son los siguientes:
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Será el comprador quien lo pague directamente al promotor. Actualmente el tipo general es del 4%. Si se adquieren garajes o trasteros conjuntamente con la vivienda también se pagará el IVA al mismo tipo. Si la compra se efectúa por separado el tipo general de IVA será del 18%.
- Gastos notariales correspondientes a la escritura pública de la vivienda. Su importe dependerá de las circunstancias específicas de cada compraventa y será pagadero por el comprador.
- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. En la Comunidad Autónoma Valenciana es el 1% en la primera transmisión. Este porcentaje se reduce al 0,1% en caso de vivienda habitual. Su liquidación la puede hacer el propio interesado directamente o bien a través del Notario o de un gestor colegiado.
- Gastos de inscripción en el Registro de la Propiedad. Su importe dependerá de las circunstancias específicas de cada compraventa y será pagadero por el comprador directamente o bien a través del Notario o de un gestor colegiado.
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). El recaudador es el Ayuntamiento de la ciudad en la que se encuentre ubicado el inmueble. El comprador será el pagador de este impuesto desde la fecha del otorgamiento de la escritura pública.



